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Los clientes de seguros podrán acudir a la Defensoría del Asegurado


Cambio de Reglamento busca beneficiar a asegurados resolviendo reclamos en tiempo record. El Directorio de la Asociación Peruana de Empresas de Seguros, APESEG, aprobó cambios en el Reglamento de la Defensoría del Asegurado con el fin de facilitar el acceso de sus clientes a esta instancia y reducir el tiempo de atención de los reclamos. Ahora, los asegurados disconformes con un rechazo de cobertura por parte de su compañía de seguros tendrán hasta dos años para acudir a esta Defensoría especializada, la cual antes se limitaba a un tiempo de seis meses. Aunque el nuevo plazo es similar al que otorga el Indecopi, el proceso ante la Defensoría del Asegurado es 100% gratuito y no limita al cliente en su derecho de acudir a otras instancias. Sin embargo, si el cliente opta primero por ir ante el Indecopi, deberá desistir de su reclamo para que la Defensoría pueda conocer el caso. Para facilitarla gestión, ya no se exigirá la entrega física de documentos, sino que estos podrán ser ingresados digitalmente desde la página web de la Defensoría del Asegurado. Los únicos documentos físicos exigidos son el escrito exponiendo el caso y la carta de rechazo emitida por la empresa de seguros. Las empresas de seguros también esperan reducir los plazos de atención de la Defensoría con la creación del “Órgano Resolutivo Unipersonal”. Esto se aplicará a los casos que no superen los US$ 3.000, los cuales serán resueltos por un solo vocal con el fin de dar agilidad al proceso; sin embargo, si el asegurado no estuviera de acuerdo con la resolución, podrá elevar su caso a la Sala Colegiada. Los reclamospor más de US$ 3.000 y hasta de US$ 50.000 seguirán siendo resueltos por la Sala Colegiada, la cual actualmente atiende cada caso en un tiempo promedio de dos meses, plazo mucho menor al de otras instancias que pueden tomar dos o más años para emitir una resolución. Además, el nuevo Reglamento empodera a la Secretaría Técnica como “facilitador” en la resolución de reclamos ante las compañías de seguros. Gracias a esto, podrá canalizar aquellos casos que no sean estrictamente competencia de la Defensoría del Asegurado, pero que eventualmente pueden tener una atención directa desde las empresas de seguros.






Fuente: El Economista

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