¿Si no muevo mis ahorros bancarios por 10 años los pierdo?
La ley General del Sistema Financiero establece que las empresas del sector están obligadas a dar información a sus clientes
Esta semana, la Caja Arequipa publicó una comunicación dirigida a sus clientes en un medio de comunicación. Allí les advertía que si mantenían cuentas de ahorros inactivas por 10 años o más, los recursos de las mismas (dinero) pasarían automáticamente al Fondo de Seguro de Depósitos.
Asimismo, les indicaba que tenían un plazo de 10 días útiles para regularizar esta situación y que la relación de las cuentas en esta situación estaba publicada en sus oficinas.
En comunicación con El Comercio, la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) señaló que este procedimiento es legal y se encuentra establecido en el artículo 182 de la ley 26702, vigente desde 1996.
También señaló que todos los bancos, financieras, cajas municipales y cajas rurales están obligados a informar a sus cliente sobre esta situación y darles un plazo para activar o cancelar sus cuentas.
Respecto a qué sucede con el dinero, se debe señalar que como dice la ley pasa al Fondo de Seguro de Depósitos (FDS). Este fondo sirve para proteger a los clientes en caso que alguna empresa del sistema financiero quiebre o sea intervenida por la SBS.
Actualmente, el FDS cubre reposiciones hasta S/97,644. Por ejemplo, si una caja o banco quiebra y hay clientes con ahorros de hasta S/.40 mil o S/.50 mil, el FDS garantiza que se les pagará. Y si un ahorrista tiene S/100.000, solo se le cubrirá por S/97.644.
Fuente: El Comercio