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Trabajadores tendrán Seguro de Vida Ley desde su contratación y ya no a partir del cuarto año de lab

El Poder Ejecutivo a través de un Decreto de Urgencia estableció una serie de medidas para fortalecer la protección de la salud y vida de los trabajadores a nivel nacional.

El Gobierno estableció diversas medidas para fortalecer la protección de la salud y vida de los trabajadores a nivel nacional, según el Decreto de Urgencia Nº 044-2019 publicado el 30 de diciembre del año 2019 en el diario oficial El Peruano.


A través del mencionado DU se establece que las empresas en el país deberán contratar el Seguro de Vida Ley para sus trabajadores desde el primer día de iniciada la relación laboral y ya no a partir del cuarto año de labores como es actualmente.


La norma modificó el artículo 1 del Decreto Legislativo Nº 688, Ley de Consolidación de Beneficios Sociales, conforme al siguiente texto: “Artículo 1.- El trabajador tiene derecho a un seguro de vida a cargo de su empleador, a partir del inicio de la relación laboral”.


Coberturas Básicas de Seguro Vida Ley


El Seguro Vida Ley cubre indemnizaciones, por muerte natural con 16 remuneraciones asegurables (las que figuran en las boletas de los trabajadores), muerte accidental e invalidez total y permanente originada de un accidente de trabajo con 32 remuneraciones asegurables.


Fuente: RPP Noticias

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